El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso el aumento de 30 soles a las pensiones mensuales percibidas por los beneficiarios del régimen del Decreto Ley 20530, que hayan cumplido 65 años o más al 31 de diciembre del 2023.
Mediante Decreto Supremo 002-2024-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se indica que los beneficiarios de este reajuste no pueden superar el tope anual de 28 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 144,200 soles, considerando las pensiones mensuales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto.
La norma también señala que en caso de percibirse más de una pensión el reajuste se hace sobre la pensión de mayor monto.
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos procede, de oficio, a la actualización del nuevo monto del reajuste en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
Asimismo, el presente decreto supremo autoriza una transferencia de 60 millones 32,880 soles a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y de diversos gobiernos regionales, para financiar los gastos del reajuste de las pensiones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF.
Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron autorizados.
El aumento de 30 soles se pagará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto supremo. Las entidades regularizan el abono del reajuste correspondiente a enero del 2024, junto con en el pago de pensiones correspondiente a febrero próximo.