La Procuraduría para casos de Terrorismo denunció ante el Ministerio Público a Antauro Humala por el presunto delito de apología al terrorismo, luego de afirmar el último 24 de enero que «lo mejor que ha dado la izquierda hasta ahorita como partido político ha sido Sendero Luminoso».
La Procuraduría para casos de Terrorismo interpuso una denuncia penal, ante el Ministerio Público, a Antauro Humala Tasso por el delito de apología del terrorismo, luego de que este afirmara vía redes sociales que «lo mejor que a dado la izquierda hasta ahorita como partido político ha sido Sendero Luminoso«.
Ello lo dijo el pasado 24 de enero que se viralizó en la red social TikTok en donde la Procuraduría consideró como «contenido apologético» y el fundamento jurídico son el artículo 316 y 316-A del Código Penal.
«Hay que ser realistas, nosotros como etnocaceristas somos matemáticos, somos científicos, decimos las cosas como son. ¡Lo mejor que ha dado la izquierda, desde Pizarro hasta ahorita, como partido político, ha sido Sendero Luminoso!», dijo Antauro Humala.
Bajo ese argumento, Procuraduría consideró que dichas expresiones configuran el delito de Apología al Terrorismo «al haber justificado a la organización terrorista Sendero Luminoso».
Fundamentos
En el marco de las diligencias preliminares, la Procuraduría Especializada señaló que se debe recibir la manifestación de Antauro Humala, visualizar el video de TikTok, comunicar a la Dircote para que remita un informe sobre el contenido de las frases del líder etnocacerista, entre otros.
Asimismo, sostuvo que las conductas ilícitas de terrorismo «constituyen de tipos penales pluriofensivos, pues afecta el régimen político democrático establecido por la Constitución y la paz pública».
Además, el delito tiene «un contenido constitucional, él cual parte del bien jurídico que protege, siendo este la tranquilidad pública – paz pública».
«No tener conocimiento de ello conduce a no saber por qué se castiga, y por consiguiente a no poder determinar el sentido del castigo», señaló la Procuraduría.
También se sostiene en lo planteado por el caso Marcelino Tineo Silva en el Tribunal Constitucional en donde señalan que «el Estado está legitimado a reprimir aquellas conductas que con su ejercicio busquen destruir al propio sistema democrático como ámbito natural que hace posible el goce y el ejercicio de todos los derechos fundamentales del ser humano y en cuanto la exaltación afecte las reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y búsqueda de consenso».