Recientemente el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) anunció el monto de Bono por Escolaridad que se pagará este año
Este mes el Estado está otorgando una bonificación por escolaridad de S/ 400, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Pero, ¿sabes quiénes lo cobrarán?
La entrega de este bono se realizará, por única vez en el año, a los trabajadores del sector público que tengan hijos, como parte de un apoyo para el pago de sus estudios escolares.
Para recibir el subsidio, los trabajadores públicos deben estar laborando a la fecha de la vigencia de la norma y tener una antigüedad de servicio no menor de tres meses.
¿Quiénes recibirán el bono?
No todos los empleados del sector público recibirán esta bonificación. De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 001-2022-EF, recibirán el subsidio:
Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, contratados bajo la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
Los docentes universitarios comprendidos en la Ley Nº 30220.
El personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
Los trabajadores públicos que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
Los servidores penitenciarios.
Los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.
Los jueces supernumerarios del Poder Judicial y los fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.
No están incluidos entre los beneficiarios aquellos trabajadores contratados bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de locación de servicios.
Requisitos para cobrar
Para recibir esta bonificación deben estar laborando, de vacaciones o en licencia con goce de remuneraciones.
Además, como mencionamos anteriormente, el empleado debe haber estado trabajando en la entidad al menos tres meses o de lo contrario el subsidio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
En el caso del Magisterio Nacional, la bonificación por escolaridad se otorga a los docentes con jornada laboral completa.
Mientras que en el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, la bonificación es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo.
Ten en cuenta que la bonificación por escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales.
¿Cuándo se pagará el subsidio?
Los trabajadores del sector público recibirán el pago del Bono de Escolaridad acorde al cronograma de pagos del Banco de la Nación.
Por ejemplo, hoy lunes debe darse el pago a los empleados del la Presidencia del Consejo de Ministros, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, las Universidades Públicas, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, la Junta Nacional de Justicia, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, el Ministerio de Defensa, el Congreso de la República, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de identificación y Estado Civil, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y los Gobiernos Regionales.
Además, el cronograma del BN indica que hoy el pago le corresponderá a los trabajadores de:
El Ministerio de Educación (UGEL 01, 03 y 07)
Los Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.
¿Hay bono por escolaridad los trabajadores del sector privado?
Actualmente en las empresas privadas no se da un Bono por Escolaridad, pero sí existe un pago denominado «Asignación Familiar».
Este beneficio social se otorga a los trabajadores de la actividad privada con hijos menores de 18 años o que se encuentren realizando estudios superiores regulares, hasta cumplir los 24 años de edad.
El monto a depositar es de S/93 equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV), que actualmente asciende a S/930, sin importar el número de hijos a cargo, es decir, se paga lo mismo si tiene uno o más hijos.
Además de esta asignación familiar, cabe indicar que el Poder Ejecutivo otorgará un bono de S/ 210 a los trabajadores formales del sector privado que ganen menos de S/ 2,100.