Esta ampliación se debe a que la vigencia de esta figura es de 30 días calendario después de que termine la emergencia sanitaria, la cual fue extendida hasta el 3 de setiembre por el Gobierno, explicó el abogado laboralista, Ricardo Herrera.
Esta figura que implica el no pago de las remuneraciones a los trabajadores suspendidos fue habilitada a mediados de abril del primer año de pandemia y fue prorrogada en varias oportunidades.
“Los trabajadores en suspensión estarían año y medio sin trabajar ni percibir ingresos, lo cual sería tremendamente grave y perjudicial para los trabajadores”, comentó el laboralista.
El experto también señaló que los negocios que ya habían levantado la suspensión perfecta de labores a sus trabajadores volvieron a aplicarla ante la nueva cuarentena decretada.
Brian Ávalos, asociado principal del Estudio Payet, Rey, Cauvi y Pérez, propuso que ante la extensión de la suspensión perfecta, el Ejecutivo adopte medidas en apoyo a los trabajadores que se encuentran bajo esta figura.
En tal sentido, Ávalos planteó que se disponga la liberación de una parte de la CTS para este grupo de trabajadores a fin de que tengan liquidez.
Vale mencionar que, a pesar de esta ampliación, el Ejecutivo no dispuso la extensión del subsidio de S/ 760 que es solo por tres meses para los trabajadores que ganen hasta S/ 2.400 y estén suspendidos.
El dato
Más impactos. El laboralista Ricardo Herrera también dijo que con esta prórroga de la emergencia sanitaria, a los trabajadores de grupos de riesgo que no pueden implementar el trabajo remoto por la propia actividad que realizan se les seguirá otorgando licencia con goce de haber compensable.