La Asociación de Bancos del Perú (Asbanc) previó hoy que la mayoría de créditos beneficiados con las garantías del Estado para reprogramación y congelamiento de deudas serán los de consumo.
Ello significaría una reducción mayor en las tasas de interés fijadas antes de la pandemia. Según el reglamento del programa para los créditos con tasas de 10% se debe aplicar una reducción de 15%; de 11% a 30%, una rebaja de 20%; y para los créditos con tasas mayores a 35%, la reducción es de 25%.
“Los créditos de consumo suelen tener las tasas de interés más altas del sistema financiero pues son las primeras que dejan se pagar en los periodos de crisis. Siendo así, esperamos que las mayores rebajas de tasas en el periodo congelamiento y reprogramación se verán en los créditos de consumo”, manifestó.
Sobre la Ley de reprogramación y congelamiento de deudas, precisó que, en el caso de los créditos de consumo, personales, vehiculares y Mypes, la reprogramación corresponde al saldo total o parcial del crédito a la fecha de la reprogramación.
Anotó que para acceder a una reprogramación en créditos de consumo se tiene que tener una deuda no mayor a 10,000 soles y ano haber sido beneficiados de programas similares como Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo, FAE-Agro u otro programa con garantía del Gobierno nacional.
Asimismo, indicó que las entidades financieras podrán establecer un periodo de congelamiento de 90 días para créditos de consumo, personal, vehicular y MYPE, a aquellos deudores que al 29 de febrero del 2020 tengan calificación Normal o CPP, y que no hayan realizado ningún pago en los tres meses previos a la publicación de la Ley.
Créditos hipotecarios
Sobre los créditos hipotecarios, Asbanc precisó que durante el periodo de gracia el banco no podrá ejecutar la hipoteca. “En otras palabras, si accedes a la reprogramación no te podrán quitar tu casa así no pagues”, subrayó.
Precisó que el plazo mínimo para el crédito reprogramado es de nueve meses en caso de créditos hipotecarios. “En el caso de las reprogramaciones de crédito, el plazo no puede exceder de 36 meses, incluido periodo de gracia”, remarcó.
Apuntó que, en el caso de los créditos hipotecarios para vivienda, los créditos reprogramados corresponden a un número de cuotas del cronograma de pagos fijado antes de la reprogramación.